Orientación. Viviana Sanhueza explicó que el trámite se realiza on line en el sitio web tramitefacil.pjud.cl perteneciente al Poder Judicial, agregando que se pueden resolver dudas sobre el procedimiento en la línea gratuita 1455 del Ministerio de la Mujer.
Una serie de recomendaciones para realizar la solicitud de retención judicial al retiro 10% de los fondos de la AFP y/o el aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, en caso de deuda por pensión alimenticia, entregó la seremi de la Mujer y la Equidad de Género de Los Lagos, Viviana Sanhueza.
La secretaria regional sostuvo que la medida se justifica plenamente, ya que a nivel nacional cuatro de cada cinco padres no pagan la pensión de alimentos de sus hijas e hijos, lo que a su juicio constituye la instalación de “una cultura del incumplimiento”.
“Rescatamos que estas leyes hayan incorporado la posibilidad que miles de madres, que hoy día no solo cuidan solas a sus hijos sino que además tienen que trabajar para mantenerlos, tengan la posibilidad de recuperar lo que es un derecho de las y los menores. Los padres deben hacerse cargo de la manutención de su decendencia, hoy día les da más vergüenza deberle a una casa comercial que a sus hijos e hijas y eso es intolerable”, dijo.
La seremi Sanhueza agregó que “apenas se promulgó la Ley del retiro del 10%, el Ministerio de la Mujer y La Equidad de Género (a través de la subsecretaria Carolina Cuevas) entró en contacto con el Poder Judicial, con la Superintendencia de Pensiones y con todos los actores que van a jugar un rol relevante en la entrega de estos fondos”.
Procedimiento y Requisitos
Sobre el paso a paso para efectuar la solicitud, la autoridad explicó que el procedimiento se inicia ingresando con Clave Única al sitio web tramitefacil.pjud.cl, para luego acceder a la opción "Retención judicial el retiro del 10% de las AFP” o a la “Solicitud de retención del aporte a la clase media”, o a ambas si es el caso.
Allí la podrá actualizar y completar un formulario con datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa. Tras ello, deberá hacer click en enviar el formulario al Tribunal, el cual, previo a certificar el monto de la deuda, dictará la medida cautelar de retención de fondos, notificando de lo anterior a la AFP del deudor, para el caso del 10%, o a la Tesorería General de la Republica tratándose del aporte a la clase media.
Acerca de los requisitos para la solicitud de retención, la titular de la cartera en Los Lagos explicó que para hacerse efectiva el deudor deberá solicitar los fondos, ya que si no se pide su retiro o no se accede al aporte, no hay dinero que retener. Es necesario enfatizar que debe haber una Pensión de Alimentos fijada por sentencia judicial y existir una deuda vigente en dicha causa.
“Muchas mujeres pueden tener dudas a la hora de realizar este trámite, y para resolverlas pueden solicitar ayuda en todos los canales del Ministerio de la Mujer y del Sernameg, como por ejemplo en la línea telefónica de orientación 1455, cuya llamada es gratuita, confidencial y se puede realizar durante las 24 horas del día”, detalló la seremi Sanhueza.
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