● En la publicidad el proveedor le atribuye múltiples beneficios al producto, entre ellos, que es capaz de detener el Tinnitus en tan solo semanas.
● La empresa se arriesga a una multa que puede llegar a los 189 millones de pesos, principalmente por incurrir en publicidad engañosa y otras infracciones a la Ley del Consumidor.
● A las empresas oficiadas se les solicitó información para comprobar los efectos de sus productos.
En un video publicitario en su sitio web, la empresa Swiss Nature Labs Spa publicita el producto denominado “Audiocalm” como “la solución definitiva, científicamente comprobada para detener el Tinnitus en tan sólo semanas”.
Y agrega: “Su exclusiva fórmula desarrollada en base a componentes botánicos, ayuda a eliminar esos sonidos molestos y el estrés, a la vez que mejora la concentración”.
Pero esto no termina ahí. La empresa añade que “la fórmula del producto actúa sobre el organismo ayudando al sistema nervioso a reducir potencialmente los ataques de ansiedad. De esta forma, puede contribuir a eliminar algunas molestias en la audición causadas por ansiedad, falta de vitaminas o mala nutrición”, junto con describir cada uno de los ingredientes activos y los estudios que lo respaldan.
No obstante, cuando SERNAC ofició a la empresa, en marzo de este año, para verificar la veracidad y comprobabilidad de dichas afirmaciones, tal como lo establece la Ley del Consumidor, fue incapaz de acreditar dichas afirmaciones.
Ante la gravedad de esta situación, el ente fiscalizador decidió denunciar ante la justicia a la empresa Swiss Nature Labs Spa por una serie de infracciones, entre ellas, publicidad engañosa y falta de comprobabilidad de las propiedades informadas, arriesgando multas de hasta 2.850 UTM, esto es, casi 190 millones de pesos.
Además, el Servicio solicitó a la justicia que obligue a la empresa a suspender la publicidad y al mismo tiempo difunda mensajes correctivos.
A juicio de SERNAC, este caso resulta muy grave, pues la empresa, al incluir en la publicidad del producto mensajes publicitarios de un producto con propiedades terapéuticas y/o milagrosas, sin un sustento científico que lo respalde, puede afectar la salud de las personas.
OTRAS ACCIONES REALIZADAS POR SERNAC
Es importante mencionar que el SERNAC se encuentra constantemente monitoreando este tipo de “productos milagros” que se comercializan principalmente a través de internet.
Es por esta razón, que el ente fiscalizador ofició a tres empresas, para que entreguen antecedentes que den cuenta de la comprobabilidad y veracidad de las afirmaciones publicitarias señaladas por cada una de ellas y el registro sanitario de los productos ofrecidos.
En específico, se trata de la Importadora y Comercializadora Maitena Limitada, quien a través de Naay Chile, comercializan el “Gel Calming”, al que le atribuyen beneficios como tratar varices, artritis y artrosis, sensación de piernas cansadas y dolores articulares y musculares”.
También se ofició a Nutrapharm S.A., quienes venden en el mercado el producto “Okrafit”, el que según ellos “reduce la absorción de grasas y las calorías de la dieta”, entre otras cosas.
Por último, se ofició a Le Nattier Group Spa (Mundo Gomitas), quienes a través de redes sociales y su tienda web, ofrecen diversos tipos de gomitas que apuntan ayudarían a “descansar mejor”, “reducir síntomas molestos como hinchazón o tránsito lento” y “ayuda a tu pelo, uñas y piel a estar radiantes y fuertes”.
RECOMENDACIONES PARA LOS CONSUMIDORES
Es importante que los/as consumidores/as evalúen críticamente la publicidad y no se dejen llevar por promesas que parecen “demasiado buenas para ser verdad”.
La publicidad debe ser veraz, oportuna y ser susceptible de ser comprobada, especialmente en los atributos que se le atribuyen a los “productos milagro” que se comercializan.
El consejo a las personas consumidoras es a no dejarse llevar por falsas promesas publicitarias y se asesore por un especialista si necesita bajar de peso o conseguir resultados que tengan relación con su salud.
Los productos que se ofrecen en el mercado deben tener las autorizaciones que correspondan y en ningún caso arriesgar la salud o seguridad de las personas.
Todo consumidor que sufra daños por un producto que no cumple con su promesa, o que no contaba con los permisos respectivos, tiene derecho a exigir las indemnizaciones correspondientes.
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