El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que, a partir de este lunes 2 de mayo en adelante, el Estado comenzará a entregar el Bono de Invierno para más de 1 millón 450 mil pensionadas y pensionados del país. Es un beneficio en dinero que se otorga -por una vez en el año- a las personas que cumplen con los requisitos establecidos en la ley, con el objetivo de que puedan estar mejor preparados para enfrentar los gastos que surgen en este período.
“En el caso de nuestra región, el Bono de Invierno llegará a más de 42 mil pensionadas y pensionados del IPS, quienes no deben hacer ningún trámite porque el pago es automático, viene incluido en la pensión. El Estado desembolsará más de 2.900 millones de pesos en la entrega de esta ayuda social a los pensionados más vulnerables”, afirmó el director IPS Los Lagos, Dalmiro Yañez.
Este año, el Bono de Invierno es de $70.336 por pensionado o pensionada y para poder obtenerlo las personas deben tener 65 o más años al 1º de mayo de 2022 y una pensión igual o inferior a $182.167. Cabe señalar que los beneficiarios no tienen que hacer ningún trámite porque el pago es automático, viene incluido en la pensión.
La concesión de este beneficio no considera el valor de la Pensión Garantizada Universal ni del Aporte Previsional Solidario de Vejez, para aquellos que lo reciben, y solo se toma en cuenta el monto de la(s) pensión(es) base(s).
El IPS su red ChileAtiende han generado todas las acciones para que, en el caso de sus beneficiarios y beneficiarias, el Bono de Invierno se incluya -como es habitual- en la liquidación de pago de pensión del mes de mayo de 2022; como también para atender las consultas de la ciudadanía.
El Estado desembolsará, a nivel nacional, un monto superior a los 102 mil millones de pesos en la entrega de esta ayuda económica a los pensionados.
¿Quiénes son las personas beneficiadas?
Tienen derecho al Bono de Invierno los siguientes grupos de pensionados:
ü Del Instituto de Previsión Social, IPS.
ü De Pensión Garantizada Universal (PGU), ex PBSV.
ü Del Instituto de Seguridad Laboral.
ü De las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
ü De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
ü De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
ü De AFP y compañías de seguros que perciban en el mes de mayo el beneficio de Pensión Garantizada Universal (PGU), Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
Para más información y consultas, el Instituto de Previsión Social ha dispuesto los siguientes canales de atención: www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl, Call Center 600 440 0040 y redes sociales ChileAtiende en Twitter, Facebook e Instagram.
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